Normativas y Aranceles

IMPORTANTE
– Las consultas no deben tener la misma fecha que las prácticas audiológicas. Las sesiones de foniatría tampoco podrán tener la misma fecha que la consulta. Caso contrario, la Obra Social debitará.
– Foniatría y audiología deben estar acompañadas con el diagnóstico.

A partir de Marzo 2018 se trabaja con afiliados del Plan Prensa Full.

ATENCIÓN
Normativas de facturación: el pedido de sesiones se realiza de la siguiente manera 

Ej:   
                   Juan Soria    PRENSA Afiliado N°2580
                   Re educación foniátrica (cód. 250104 x 5)
                   Diagnóstico: dislalias múltiples

 

– Las fechas de sesiones y firmas del paciente deben realizarse con un solo color de tinta, sin sobrescribir ni tachar. Los errores deben ser salvados con detalle de correcciones, firma y sello del profesional. 
– La orden debe contener al dorso la firma y sello del profesional y del afiliado.
– Las fechas de las sesiones se colocan a partir de la fecha del pedido.

 

TENER EN CUENTA

1. Consulta fonoaudiológica (cód. 250110):

Se autoriza por única vez por paciente. La misma debe ser solicitada en la Obra Social. Lleva firma del profesional, diagnóstico, firma del afiliado en el anverso de la misma y fecha en la que fue realizada.

2. Órdenes de prácticas foniátricas y audiológicas:

– La cantidad de sesiones mensuales a autorizar es de 5 a 25 sesiones anuales. Se autorizan 8 sesiones con historia clínica y plan de trabajo.
– En las órdenes de prácticas foniátricas, audiológicas y consultas el profesional debe corroborar que los códigos estén autorizados correctamente (ej. Re educación foniátrica cód. 250104, consulta cód. 250110).
– El sello de caja debe estar en cada orden.
– La vigencia de las órdenes es de 90 días a partir de la fecha del sello de caja.
– Las prácticas audiológicas, otoemisiones y potenciales evocados deben facturarse con informe, pedido médico, fecha de realización y firma del paciente. 

Todas las prácticas audiológicas deben estar acompañadas del pedido médico con diagnóstico, deben tener fecha de realización de la misma y firma de conformidad del paciente.

3. Carga de datos:

– Son motivos de débitos todos los números que estén mal cargados en el programa.
– La fecha que debe cargarse para audiología es la fecha de realización de la práctica.
– La fecha que debe cargarse para foniatría es la fecha de la primera sesión del tratamiento.
– La fecha que debe cargarse para OEA es la fecha del informe.

El programa para facturación debe bajarse de Internet desde la página: www.prensaobrasocial.com/servicios/descargas
Nombre del programa: Instalador PRESTMED.

  • A partir de Noviembre, el Colegio comenzará a recibir el nuevo plan de Prensa PREFERENCIAL, con los valores vigentes en esta página.

ATENCION: Electronistagmografías, otoemisiones acústicas y potenciales evocados DEBEN IR CON INFORME.

ARANCELES VIGENTES A PARTIR DE MAYO 2025

  

CÓDIGO          CONCEPTO MAYO 2025
250104      Rehabilitación del lenguaje por sesión $4.830
250110      Primera consulta fonoaudiológica $4.830
290111      Potenciales evocados auditivo $15.625
310101     Examen funcional laberíntico $5.627
310102     Audiometría $5.627
310103     Logoaudiometría $5.627
310104     Pruebas supraliminares, cada una $5.627
310105     Selección de otoamplifonos $6.376
310109     Impedanciometría $7.245
310110     Rinomanometría $7.245
310127     Otoemisiones acústicas $8.694
290103     Nistagmografía. Electrorretinografía $7.245