Normativas y Aranceles

IOSFA comunica que a partir del 01/12/2021 no debe cobrar coseguro a sus pacientes. Sigue vigente el validador afiliatorio. El cobro de adicionales serán posibles de investigación y sanción por parte de la Obra Social.

VALIDACIÓN DE BENEFICIARIOS ON-LINE PARA PRÁCTICAS AUDIOLÓGICAS
El prestador deberá llevar a cabo la validación de los beneficiarios a través de la página 
www.iosfa.gob.ar

1) Entrar a la página arriba mencionada.
2) Ingresar CUIT del Colegio (usuario y contraseña). Pedir en secretaría.
3) Validador On-line
4) Ingrese número de afiliado, DNI o apellido. Luego seleccione en Buscar.
5) Generar código de validación.

IOSFA REQUIERE AUTORIZACIÓN PARA SESIONES DE FONIATRÍA

NORMAS GENERALES PARA LA PRESCRIPCIÓN DE PRÁCTICAS Y PROCEDIMIENTOS TERAPÉUTICOS.
Toda práctica diagnóstica o procedimiento terapéutico podrá ser solicitado en Órdenes de Práctica IOSFA entregadas por la Delegación, impresas desde la web www.iosfa.gob.ar o en Recetas “Rp” con o sin Membrete del Profesional e Instituciones.

1. Órdenes de Práctica IOSFA, descargable en: https://iosfa.gob.ar/descargas/IOSFA_OrdenPractica.pdf

En el caso de solicitar estudios o prácticas, corresponde completar:

 Afiliado Personal Militar o de Seguridad en Actividad (PMSA): marcar con una cruz en el casillero correspondiente (PMSA).
– Nro. de DNI o de Afiliado.
– Completar Apellido y Nombres.
– Edad.
– Orden para Práctica: marcar con una cruz en el casillero correspondiente y además
identificar si es Ambulatoria, Internación o Domicilio en el casillero correspondiente.
– Diagnóstico.
– Fecha.
– Firma y sello del Profesional, con tipo y Nº de Matrícula.
– Completar en “Práctica Indicada” una práctica por renglón. No se puede escribir más de una por renglón.

2. Recetas “Rp” (vigencia a partir del 01/09/2019), correctamente confeccionadas, con los datos que se detallan a continuación con letra legible:

– Apellido y nombre del afiliado.
– Nro. de DNI.
– Práctica indicada.
– Diagnóstico.
– Firma y sello del profesional con título y matricula.
– Fecha de prescripción.
– En el caso de prácticas terapéuticas que incluyan sesiones continuadas deberá indicar la cantidad de sesiones solicitadas.

3. Todos los datos deben estar escritos con misma letra y misma tinta (cualquier observación debe ser salvada por el profesional prescriptor que deberá firmar y sellar nuevamente la orden al dorso).
4. Las órdenes tendrán validez hasta SESENTA (60) días corridos desde la fecha de prescripción, inclusive.
5. En el caso de prácticas diagnósticas o terapéuticas que requieran autorización por parte de IOSFA, tendrán validez hasta SESENTA (60) días corridos desde la fecha de autorización, inclusive.

Responsabilidad de los Afiliados

1.En el caso de que corresponda, deberán obtener la respectiva autorización. 
2. Para concurrir a los Prestadores, los Afiliados deberán acreditar su condición de tal presentando DNI.

Responsabilidad del Prestador

Deberá solicitar al afiliado para su atención el DNI y verificar la afiliación ingresando al Validador on line alojado en www.iosfa.gob.ar – Acceso para prestadores, llamando a la Delegación correspondiente o al teléfono 0800-222-3300 donde constatarán la afiliación y le facilitarán el código de validación correspondiente.

ESTE SISTEMA ES DE USO OBLIGATORIO PARA EVITAR DÉBITOS EN SU FACTURACIÓN

Autoriza 8 sesiones mensuales. El pedido debe ser realizado por un médico junto con el diagnóstico. Las órdenes llevan al dorso firmas del paciente y fechas de las sesiones. No abona consulta.
Las prácticas de audiología, otoemisiones y los tratamientos foniátricos deben ir acompañados con informe todos los meses. Los pedidos deben realizarse en chequera de la Obra Social. 

Para FONIATRIA deben unicamente brindar atención al afiliado a partir del momento en que presente la autorización y las fechas de sesiones no deben ser anteriores a la fecha de la autorización. Caso contrario, se generan débitos.

ARANCELES VIGENTES A PARTIR DE DICIEMBRE 2024  

SERVICIO DE FONIATRÍA  (Recordar que IOSFA requiere autorización en todas las prácticas)   

  

CÓDIGO  CONCEPTO

NOVIEMBRE 2024

DICIEMBRE 2024
250104  Rehab. del lenguaje $5.659,19 $5.942,15
255035  Fono – rehabilitación del lenguaje a domicilio $6.791,03 $7.130,58
255113  Evaluación neurolingüística $33.162,14 $34.820,25
310101  Examen funcional del laberinto $4.753,72 $4.991,41
310102  Audiometría $4.753,72 $4.991,41
310103  Logoaudiometria $4.753,72 $4.991,41
310104  Prueba Supraliminar $4.753,72 $4.991,41
310532  Adiestramiento auditivo $5.659,19 $5.942,15
315026  Impedanciomertria $5.659,19 $5.942,15
315012  Otoemisiones acusticas $11.092,02 $11.646,62
290103  Nistagmografia electrorretinografia $7.346,69 $7.714,02
295044 Potenciales Evocados $11.092,02 $11.646,62
315033  Lectura labial $4.753,72 $4.991,41
315001  Selección de audifonos $4.753,72 $4.991,41
315061  Evaluación objetiva de la voz $4.753,72 $4.991,41
255103  Rehabilitación vestibular 5.659,19 $5.942,15
315117  Calibración de audifonos $5.206,46 $5.466,78
310110  Rinomanometrīa $7.017,40 $7.368,27
295021  Videonistagmografia $21.887,04 $11.646,62
315053  Electrococleografia $27.164,12 $28.522,33
315005  Audiometria p/respuesta evocadas (ERA) $17.907,58 $18.802,96
315037  Audiometria tonal por juegos $5.305,94 $5.571,24

 

COBERTURA: se deberá considerar toda prestación que no haya sido expresamente excluida, y en caso de duda, se entenderá que la misma está incluida.