Novedades

NUEVA RESOLUCIÓN COMISIÓN DIRECTIVA

Es nuestro deber como CD analizar el impacto que implica la modalidad de contratación lanzada por la Obra Social Subsidio de Salud a los Profesionales Fonoaudiólogos.

Considerando:

  • Que el Colegio de Fonoaudiólogos de Tucumán, creado por la ley N° 5947 establece en su artículo 12, 23 inciso 1 y 2 se delega el control de matrícula y su ejercicio.
  • El ejercicio de esta potestad delegada por ley, establece la posibilidad de regular los beneficios de los asociados, teniendo en cuenta el deber de solidaridad y cooperación en post de asegurarse y consolidar la independencia y libertad profesional.
  • A su vez estableciendo sistemas de control de gestión de los convenios celebrados con las Obras Sociales, dada las delicadas competencias que le han sido asignadas y forman parte de su incumbencia, control que fuera y es el observado por la Institución para requerir servicios de los asociados, teniendo en cuenta que se busca la excelencia y el control ético.
  • Esta medida responde a que no se puede equiparar en calidad de Socio Activo a quien opta de manera voluntaria la contratación directa, desconociendo los principios en lo que reposa la colegiación, destruyendo los pilares de la solidaridad y cooperación sobre los que se asienta el Colegio.
  • Las luchas colectivas son las únicas que generan derechos. El responder a una contratación directa menoscaba la legitimación de la Institución en la discusión de los aranceles de referencia y las condiciones de trabajo que se impongan, no dejando margen para la negociación en caso de que la Obra Social disponga exigir cuestiones fuera del encuadre técnico o exija prestaciones que determine una precariedad en las condiciones de trabajo.

RESOLVEMOS:

  • Invitar a los asociados que realizaron una contratación directa con Obras Sociales (que posean convenio con el Colegio) desde 01/01/22, a rescindir dicho convenio y dar continuidad con la operatoria de facturación por medio de la Institución, fijando fecha de baja hasta el 30/04/22.
  • En caso de continuar con esa modalidad de prestación con la Obra Social el colegio lo dará de baja como prestador activo pasando a carácter Socio Pasivo.
  • Notifíquese.